Los 193 Estados de la ONU adoptaron en Nueva York el Tratado sobre Biodiversidad de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdicción Nacional (BBNJ, en inglés), que garantiza la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad marina en la así llamada “alta mar”, equivalente a más de dos tercios de todos los océanos.
El secretario general de la ONU, Antonio Guterres, puso al nuevo tratado como ejemplo del poder del multilateralismo, aunque entrará en vigor sólo después que lo ratifiquen al menos 60 Estados, a partir del 20 de septiembre, tras la Cumbre de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y durante un periodo de dos años.
“Actuando para combatir las amenazas a nuestro planeta que van más allá de las fronteras nacionales, ustedes demuestran que las amenazas globales requieren una acción a escala mundial», dijo Guterres «y que los países se pueden unir, en solidaridad, por el bien común».
Guterres deberá convocar la primera reunión de la Conferencia de las Partes del Acuerdo BBNJ a más tardar un año después de la entrada en vigencia, que está compuesto de cuatro puntos básicos.
En principio, el BBNJ crea un marco para la distribución justa y equitativa de los posibles beneficios derivados de las actividades relacionadas con los recursos genéticos marinos y su secuenciación digital en aguas internacionales garantizando que esas actividades beneficien a toda la humanidad.
El tratado permitirá establecer además mecanismos de gestión (explotación) por zonas, como las áreas marinas protegidas, para conservar y administrar de forma sostenible las especies y los hábitats de alta mar en las zonas internacionales de los fondos marinos.
Las medidas acordadas permitirán cumplir el objetivo mundial de conservar y gestionar eficazmente al menos el 30% de las zonas terrestres, aguas continentales, y áreas marinas y costeras para 2030, según lo acordado en el Marco Mundial de la Biodiversidad de Kunming-Montreal.
El pacto también garantizará la evaluación y el examen del impacto medioambiental de las actividades realizadas en zonas fuera de las jurisdicciones nacionales, y establecerá un marco jurídico internacional para la evaluación de los impactos en las actividades y sus consecuencias relacionadas con el cambio climático, la acidificación de los océanos y otros efectos conexos en alta mar.
Por último, el tratado facilitará el logro de las condiciones y la transferencia de tecnología marina necesaria para ayudar a las Partes a alcanzar los objetivos del Acuerdo, en particular a los Estados en desarrollo.
Además de estos aspectos esenciales, el Acuerdo aborda varias cuestiones transversales, como su relación con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR, 1994), con los instrumentos y marcos jurídicos pertinentes y con los órganos mundiales, regionales, subregionales y sectoriales competentes, así como la financiación y la solución en caso de controversias.
También establece una serie de mecanismos institucionales, como una Conferencia de las Partes, un Órgano Científico y Técnico y otros órganos subsidiarios de la Conferencia de las Partes, un Mecanismo de Facilitación y una secretaría.
Los 75 artículos del BBNJ se acordaron -por consenso y sin votación- después de casi dos décadas de negociaciones para crear normas comunes de conservación y sostenibilidad en alta mar, fuera de las jurisdicciones nacionales (200 millas bajo control de los países costeros), que representan más de dos tercios de los océanos.
El Marco Mundial de la Biodiversidad de Kunming-Montreal que precedió a este acuerdo, nombrado así por las ciudades de China y Canadá, fue adoptado en 2022 por la 15° Conferencia de la ONU sobre Biodiversidad Biológica (COP 15), para detener la extinción de especies amenazadas y garantizar el beneficio equitativo de los recursos genéticos y la gestión sostenible de toda la biodiversidad.
El BBNJ, también llamado“Tratado de Alta mar”, tiene en cuenta las circunstancias especiales que enfrentan las islas pequeñas y los países en desarrollo sin litoral.
El tratado se enmarca en la convención CONVEMAR (167 países, además de la UE). La CONVEMAR estableció en 1994 un mecanismo para regular las actividades marinas y marítimas, que incluye la libertad de investigación científica, los derechos económicos exclusivos de los países y la reducción de la contaminación.
Las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional («alta mar» o aguas internacionales) habían sido durante mucho tiempo un punto ciego. La alta mar es la parte del océano que queda fuera de la «zona económica exclusiva» (ZEE) de cualquier país, las 200 millas náuticas (unos 370 km) desde la costa.
Pero la falta de protección formal de gran parte de los océanos lo han hecho vulnerables a la sobrepesca, la contaminación y los efectos del cambio climático.
El preámbulo del nuevo tratado «reconoce» la necesidad de abordar la pérdida de biodiversidad y la degradación de los ecosistemas oceánicos «de manera coherente y cooperativa».
El BBNJ también señala varios factores que impulsan la pérdida de biodiversidad marina, entre ellos los efectos del cambio climático, la acidificación de los océanos, la contaminación y el uso «insostenible».