Restituir las medidas antimonopólicas del sector

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¿POR QUÉ DEROGAR LOS DECRETOS 267/15, 1340/16 Y 58/19?

 

-Puntos principales-

  1. TV por cable: Se restituye como servicio de comunicación audiovisual. Esto implica que vuelven a estar reguladas en cuanto a la cantidad de licencias (24) y el porcentaje máximo de abonados nacionales que se pueden acumular (35%). La consecuencia es que los grupos excedidos en licencias y/o porcentaje de abonados deberían adecuarse desprendiéndose de licencias (se restituye el artículo 161 de la Ley de SCA de adecuación). Además, vuelve a ser incompatible en la misma área de cobertura tener una licencia de TV abierta y una de TV por cable (Por ej. en CABA Canal 13 y Cablevisión).
  2. Consejos: Se restituye el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual y con él la confección anual de listados de acontecimientos de interés relevantes (deportivos) para que puedan ser transmitidos por TV abierta y gratuita al restituir al Consejo Federal de la Comunicación Audiovisual (COFECA). Además, se restituye el Consejo Federal de Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización (COFETIC) Licencias:
  3. Se restituye la prohibición de transferencia de licencias de los servicios audiovisuales (venta).
  4. Se restituye el procedimiento para el pedido de prórroga de licencias que incluye la realización de una audiencia pública. No corren más las prórrogas a demanda y por arbitrio del ENACOM.
  5. La multiplicidad de licencias de radiodifusión abierta (radio y tv) retorna al máximo de 10 licencias a nivel nacional siempre y cuando no superen una audiencia potencial del 35% de la población. Ley Argentina Digital:
  6. Se restituye el art. 15 de la ley 27.078 que declara el carácter de servicio público esencial y estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en competencia al uso y acceso a las redes de telecomunicaciones, para y entre licenciatarios de Servicios de TIC. (VER ESTO ESPECIALMENTE PORQUE AFECTA LO ESTABLECIDO EN EL DNU 690/20) 8. Se restituye 48 de la ley 27.078 en su redacción original sobre Tarifas . (VER ESTO ESPECIALMENTE PORQUE AFECTA LO ESTABLECIDO EN EL DNU 690/20) Dos modificaciones importantes al DNU 267/15 Autoridad de Aplicación: Se mantiene al ENACOM como órgano de aplicación de las dos leyes, LSCA y Argentina Digital. Pero se modifica el número de integrantes Directorio y parcialmente la procedencia de los mismos. Queda integrado por nueve miembros:

1- El PEN nombra cuatro (uno como presidente/a)

2- La Comisión Bicameral nombre tres

3- Y los dos restantes surgen del COFECA (restituido) y del COFETIC (uno de cada uno) con la condición de provenir de las universidades nacionales donde se enseñan carreras afines. Se restituyen todas sus funciones y se modifica la forma de destituirlos: ya no quedan a simple tiro de decreto presidencial estipulado en el 267.

  • En reemplazo del artículo 28° del DNU 267/15 que conformaba una comisión para la redacción de un proyecto de “ley convergente”, se crea la COMISIÓN DE ACTUALIZACIÓN DE LAS LEYES 26.522 Y 27.078 en el seno del ENACOM. El objetivo es crear un espacio donde ya no se debata una ley de unificación sino un conjunto de normas que abordan el estado actual del sistema de medios (en concordancia con la idea esbozada en el encuentro “Comunicación democrática en la era digital”). La comisión tendrá ciento ochenta días para armar los pre proyectos y un cronograma de debates públicos que deberá ser aprobado por el COFECA y el COFETIC para ser desarrollado en no más de otros ciento ochenta días. Luego de ese plazo se elevarían al PEN para que este considere su envío al Congreso de la Nación. Derogación de otros decretos
  • Decreto 1340/2016 (El decreto establece que los grandes jugadores del sector de Telecomunicaciones como son Telefónica, Telecom y Claro puedan ofrecer televisión por cable en los grandes centros urbanos a partir de 2018, además de postergar las obligaciones asumidas en la licitación de espectro para 4G realizada a fines de 2014 y facilita el acceso de Clarín al espectro.)
  • Decreto 58/2019 (Elimina la reserva de espectro en favor de ARSAT establecida en la ley 27.208 y habilita la asignación a las grandes operadoras de telecomunicaciones privadas las bandas de espectro radioeléctrico para servicios de telefonía móvil reservadas hasta ese momento a ARSAT)
  • Decreto 916/2016 (Decreto que le atribuía funciones al COFECO creado por el DNU 267/15

2 comentarios

  1. CIBERATAQUE AL SITIO PÁJARO ROJO
    El pasado martes 6 el sitio Pájaro Rojo, basado en Argentina, sufrió un ciberataque -«demoledor», según los técnicos que trabajan para recuperarlo. El sitio ha quedado inaccesible para los editores y para los lectores.

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