Teniendo en cuenta que históricamente el proceso inflacionario ha sido, y lo sigue siendo actualmente, el principal instrumento del capital para garantizar la redistribución del ingreso a su favor, el shock distributivo debería estar acompañado de un acuerdo de precios relativos que sostenga la recuperación salarial y, en forma posterior, de un riguroso congelamiento de precios por seis meses en el que se despliegue todo el poder de policía con el que cuenta el Estado (incluida la aplicación de la Ley de Abastecimiento) y que podría estar articulado, eventualmente, por una reforma monetaria que imponga, entre otras cosas, un cambio de la denominación monetaria. No se trata como en otros períodos de obscurecer la implementación de un ajuste ortodoxo, sino por el contrario de desplegar instrumentos que permitan modificar la estructura de precios relativos en sentido progresivo y sostenerla en el tiempo limitando los mecanismos de inercia inflacionaria, cosa que aún no está pasando.