El 20 de diciembre, el gobierno de Milei decidió transformar el funcionamiento de vastos sectores de la vida económica y laboral nacional a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia. Sin embargo, nuestro diseño constitucional determina que las reformas estructurales siempre deben ser sancionadas por el Congreso de la Nación. El carácter excepcional de este instrumento es incompatible con el procedimiento y el contenido del Mega DNU.
En la reforma constitucional de 1994 se incorporó la atribución del Poder Ejecutivo (Presidente) de dictar Decretos de Necesidad y Urgencia (art. 99 inc. 3). Hasta el momento se dictaron casi 900 DNUs. Pero jamás por DNU se pretendió borrar masivamente más de setenta leyes.